10.2 Tarifas de liquidación del Impuesto de Industria y Comercio (ICA)

De conformidad con las funciones asignadas a la Secretaría Distrital de Gobierno mediante el Decreto Distrital 642 de 2025, modificado por el Decreto Distrital 117 de 2026, no es competencia de la Entidad emitir lineamientos, ni adelantar trámites sobre la liquidación del Impuesto de Industria y Comercio (ICA).

De acuerdo con el Decreto Distrital 645 de 2025, modificado por el Decreto Distrital 679 de 2025 le corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda, formular, orientar, coordinar y ejecutar las políticas tributarias, presupuestales, contables y de tesorería, entre otras. Si desea conocer esta información diríjase al siguiente enlace: