Resolución No. 1100 de 2024 - Liquidación unilateral 1079_2023
Para dar cumplimento a lo previsto en el art. 6 de la Resolución No. 1100 de 2024, que ordena publicar la parte resolutiva de dicho Acto Administrativo en la página web de la Secretaría Distrital de Gobierno y en un medio masivo de comunicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de manera atenta solicito sus buenos oficios para que desde la Oficina de Comunicaciones se adelanten las gestiones a que haya lugar para la publicación del siguiente texto:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Declarar la terminación del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 1079 de 2023 suscrito con DAVID FABIÁN CIFUENTES TÉLLEZ (QEPD), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.013.603.033, a partir del 02 de febrero de 2024, fecha de su fallecimiento, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 17 de la Ley 80 de 1993.
ARTÍCULO 2: Liquidar de forma unilateral en el estado en que se encuentre el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 1079 de 2023, suscrito con DAVID FABIÁN CIFUENTES TÉLLEZ (QEPD), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No. 1.013.603.033, conforme el Informe Final de Supervisión del 18 de noviembre de 2024; el Estado de Cuenta de fecha 23 de mayo de 2024, así como la documentación que obra en el expediente electrónico de la plataforma transaccional del SECOP II.
ARTÍCULO 3: Ordenar a la Dirección Financiera de la Secretaría Distrital de Gobierno liberar el saldo no ejecutado por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($3.622.500), correspondiente al saldo no ejecutado.
ARTÍCULO 4: Comunicar el contenido de la presente Resolución al representante legal o quien haga sus veces de la entidad aseguradora SEGUROS DEL ESTADO S.A., identificada con NIT. 860.009.578-6, responsable de expedir la Póliza de Cumplimiento No. 17-44-101212801, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en forma subsidiaria de conformidad con el artículo 69 de la mencionada norma.
ARTÍCULO 5: Notificar el contenido de la presente Resolución en la dirección registrada en el Formulario Único Declaración Juramentada de Bienes y Rentas de fecha 26 de noviembre de 2023 y que obra en el expediente contractual, a la señora MARIA NUBIS TELLEZ MARROQUIN, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.830.828 y al señor OTONIEL CIFUENTES SANCHEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 19.167.879, como parientes de primer grado de consanguinidad (madre y padre), del señor DAVID FABIÁN CIFUENTES TÉLLEZ (Q.E.P.D), de conformidad con el formulario en mención y en atención a lo establecido en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en forma subsidiaria de conformidad con el artículo 69 de la mencionada norma.
ARTÍCULO 6: Publicar la parte resolutiva del presente Acto Administrativo en la página web de la Secretaría Distrital de Gobierno y en un medio masivo de comunicación, para efectos de lo dispuesto en el artículo 73 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 7: Ordenar a la Dirección de Contratación la publicación de la presente Resolución en el portal transaccional del SECOP II, una vez quede en firme, en los términos establecidos en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto Nacional 1082 de 2015.
ARTÍCULO 8: Contra la presente Resolución procede únicamente el recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 9: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Dada en Bogotá D.C., a los 02 DIC 2024.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
CARINE PENING GAVIRIA
Subsecretaria de Gestión Institucional
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