Foto: Alcaldía Local de Puente Aranda
Bogotá, julio 11 de 2026. Un comparendo no siempre significa que ya fuiste sancionado. Para muchas personas, recibir este documento genera dudas, preocupación e incluso desinformación. Sin embargo, lo que pocas personas saben es que, en la mayoría de los casos, el comparendo es apenas el inicio de un procedimiento en el que la ley garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa.
En Bogotá, las actuaciones derivadas de un comparendo hacen parte de lo establecido en la Ley 1801 de 2016, el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, cuyo propósito es prevenir conflictos, promover el respeto entre la ciudadanía y proteger la convivencia.
¿Quién impone un comparendo?
La Policía Nacional cuando evidencia una riña, una agresión, generar ruidos que afectan a la comunidad u otras conductas previstas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Este documento, que puede ser físico o virtual, ordena que la persona comparezca cuando corresponda ante la autoridad competente.
El comparendo no siempre pone fin al proceso
Se creer que el comparendo representa una decisión definitiva. En realidad, depende del comportamiento y de la medida correctiva impuesta.
Las Inspecciones de Convivencia y Paz cumplen un papel fundamental, al resolver los casos de su competencia y garantizar que todas las personas tengan acceso al debido proceso. Esto significa que la ciudadanía puede presentar pruebas, exponer sus argumentos y ejercer su derecho a la defensa antes de que se adopte una decisión cuando la ley así lo establece.
¿Qué puedes hacer si recibes un comparendo?
La legislación contempla varias alternativas:
Objetar el comparendo: si no estás de acuerdo con la multa, puedes presentar una objeción en el momento de la imposición o dentro de los tres días hábiles siguientes. El trámite puede realizarse en las Inspecciones de Convivencia y Paz o en los puntos de atención de la Secretaría Distrital de Gobierno y de las alcaldías locales.
Presentar recurso de apelación: cuando se trate de una medida correctiva inmediata, como la suspensión temporal de una actividad económica, puedes interponer el recurso de apelación en el mismo momento en que la Policía realiza el procedimiento.
Acceder al beneficio de pronto pago: si decides pagar la multa, cuentas con cinco días hábiles para obtener un descuento del 50 % sobre su valor.
Solicitar la conmutación de la multa: si se trata de una multa tipo 1 o tipo 2, puedes solicitar, dentro de los cinco días hábiles siguientes, reemplazar el pago por actividades pedagógicas o programas comunitarios, trámite que se realiza ante la Secretaría Distrital de Seguridad.
¿Cómo consultar y pagar un comparendo?
El pago se realiza a través de la plataforma LICO (Liquidador de Comparendos).
Solo debes ingresar con tu documento de identidad. Allí podrás conocer el estado del proceso, el valor correspondiente y, cuando el comparendo esté en firme, descargar el recibo oficial para pagar en línea mediante PSE o en las entidades bancarias autorizadas.
Una vez efectuado el pago, el sistema permite descargar el comprobante como soporte del cumplimiento de la obligación.
Actuar a tiempo evita consecuencias
Conocer cómo funciona un comparendo también es una forma de ejercer los derechos, cumplir los deberes y contribuir a una Bogotá donde la convivencia se construye entre todas y todos. Es importante respetar los plazos establecidos por la ley. Si la persona no ejerce las opciones disponibles dentro de los términos legales, la multa quedará en firme y podrá iniciarse el proceso de cobro coactivo.
El objetivo del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana no es sancionar por sancionar, sino prevenir conflictos, proteger los derechos de la gente y fortalecer una convivencia basada en el respeto, la legalidad y el debido proceso.