¡Atención Sector Comercial! Conoce los Requisitos para la Apertura y Funcionamiento de Establecimientos de Comercio en Bogotá

10 obligaciones esenciales para la apertura y operación de establecimientos de comercio en Bogotá


Si tienes un establecimiento de comercio en Bogotá o planeas abrir uno, es crucial que cumplas con los requisitos establecidos en el artículo 87 de la Ley 1801 de 2016. Conoce las 10 obligaciones esenciales para la apertura y operación de establecimientos de comercio en Bogotá:

1. Normas referentes al uso del suelo: Es fundamental cumplir con las normas sobre el uso del suelo establecidas por la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) y las curadurías urbanas.

2. Matrícula Mercantil: Mantén vigente tu matrícula mercantil ante la Cámara de Comercio de Bogotá. Recuerda que previamente necesitas el Registro Único Tributario (RUT) emitido por la DIAN.

3. Comunicación de apertura: Debes informar por escrito la apertura de tu establecimiento a la Estación de Policía de tu localidad.

4. Permiso para comercialización de equipos móviles: Si tu negocio incluye la venta de equipos móviles, obtén el permiso correspondiente del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

5. Niveles de intensidad auditiva: Cumple con los niveles de intensidad auditiva según la resolución 0627 de 2006. Este requisito no requiere un trámite adicional.

6. Horarios establecidos: Asegúrate de operar dentro de los horarios permitidos para tu actividad económica conforme al Decreto 119 de 2022. Este requisito no requiere trámite adicional.

7. Condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales: Debes obtener conceptos favorables de los Bomberos, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), la Secretaría de Salud (SDS) y cumplir con los registros ambientales de la Secretaría de Ambiente (SDA).

8. Objeto registrado en la matrícula mercantil: Tu negocio debe operar de acuerdo con el objeto social registrado en tu matrícula mercantil.

9. Derechos de autor: Obtén el certificado de pago o no pago de derechos de autor de la Dirección Nacional de Derechos de Autor.

10. Registro Nacional de Turismo: Si tu establecimiento está relacionado con el turismo, necesitas el Registro Nacional de Turismo emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Recuerda que todos los trámites deben ser realizados directamente a través de las entidades correspondientes en sus páginas web oficiales o en sus sitios de atención. Ningún funcionario y/o funcionaria está autorizada para recibir dinero en estos procesos. Si enfrentas algún intento de fraude, ¡DENUNCIA inmediatamente!

Para obtener más información y asistencia en el cumplimiento de estos requisitos ingresa aquí.

Esta información es fundamental para asegurar el cumplimiento legal y el éxito de tu negocio en Bogotá. ¡Asegúrate de estar en regla! 

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22/05/2024