En cumplimiento a lo establecido en la Ley 1712 de 2014 y la Resolución 3564 de 2015 en el Anexo 1 - Estándares para la publicación y divulgación de la Información, en el numeral 6.2 PLAN DEL GASTO PUBLICO, El sujeto obligado debe publicar el plan del gasto público para cada año fiscal de acuerdo a lo establecido en el Art. 74 de la Ley 1474 de 2011.