Las funciones asignadas a la Corporación, en el Decreto 411 del 30 de septiembre de 2016, en su artículo 4 son:
a) Conocer en única instancia de los impedimentos recusaciones de los Inspectores de Policía y Alcaldes Locales;
b) Conocer en única instancia de los conflictos de competencia que se susciten entre los Inspectores de Policía y los Alcaldes Locales;
c) Conocer en segunda instancia de los procesos de policía salvo las excepciones de ley;
d) Dirigir, orientar y controlar el desarrollo de los planes, programas y proyectos a cargo del órgano;
e) Proponer la formulación y adopción de políticas, programas y proyectos tendientes al mejoramiento y aplicación de la justicia policiva en el Distrito Capital;
f) Conocer de los demás asuntos que le señale la Ley, el Código Distrital de Policía y sus reglamentos;
g) Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.