INFORMACIÓN GENERAL
2. Que el artículo 125 del Acuerdo 79 de 2003, preceptúa que: “Los juegos de habilidad y destreza funcionarán en establecimientos o salones destinados para tal fin y no como actividad complementaria de otras actividades comerciales o de servicio.
3. Cumplir lo preceptuado en la Resolución No. 796 de 2006 y 251 de 2009, por la cual se clasifican los contenidos de los videojuegos y su tiempo máximo de utilización en los establecimientos comerciales en los que se presta este servicio.
Favor seleccionar en el cuadro correspondiente los archivos a anexar.
EL PESO MAXIMO ES DE 4Mb Y DEBEN SER PDF O TIFF
Dirección Administrativa Secretaría de Gobierno – 338 70 00 ext. 6211, 6252, 6280 y 6282 CALLE 11 No. 8-17 - www.gobiernobogota.gov.co - Información: Línea 195