Concejo de Bogotá aprueba incremento de exención del Predial a teatros y museos y aumento de tarifa del impuesto a clubes

La propuesta establece una exención del 100 % en el gravamen, a partir del próximo año y hasta 2030, para inmuebles donde se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionen museos, sean o no Bienes de Interés Cultural. Además, define un incremento en la tarifa del Predial para los inmuebles de uso dotacional, propiedad de particulares, destinados a clubes campestres, sociales, deportivos y/o recreativos. Bogotá, 5 de mayo de 2023. El Concejo de Bogotá aprobó el proyecto de acuerdo que amplía la exención del Predial para teatros y museos, y aumenta las tarifas del impuesto a los clubes. Por un lado, se establece una exención del 100 % en el impuesto Predial, para inmuebles donde se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionen museos, a partir de 2024 y hasta 2030, sean o no Bienes de Interés Cultural (BIC). "Hoy las mayorías del Concejo de Bogotá aprobaron dos grandes reformas a los tributos de la ciudad. La primera exención del 100 % al predial de los teatros y museos de la ciudad, era una deuda pendiente con el sector cultural. Seguidamente, se aprobó impuesto predial progresivo para los clubes de la ciudad, un incremento que permite a Bogotá cada año recibir $70 mil millones adicionales", afirmó Felipe Jiménez, Secretario de Gobierno. Para obtener la exención, los requisitos que deben cumplir los teatros incluyen la declaración y pago oportuno del impuesto. De igual forma, en el caso de los BIC, los museos deben hacer parte del listado que reporta el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. Para los no BIC, las condiciones incluyen que el predio debe destinarse a la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas o debe funcionar principalmente como museo; que el sujeto que realiza la actividad se encuentre inscrito como productor permanente en el registro del Ministerio de Cultura; que la propiedad del inmueble esté en cabeza del productor permanente o del museo, o del representante legal o de alguno de los miembros de la junta directiva de la organización que acredita el registro de las artes escénicas, a primero de enero de cada vigencia. De igual forma, se exige la presentación de la declaración dentro de los plazos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda. Por otro lado, el cabildo aprobó el incremento progresivo en la tarifa del Predial para los inmuebles de uso dotacional, propiedad de particulares, destinados a clubes campestres, sociales, deportivos y/o recreativos. El acuerdo aplica a estos inmuebles, el principio de progresividad tributaria en la tarifa del impuesto, de tal manera que, el incremento tarifario, es progresivo durante los años 2024 a 2028, y la tarifa depende del avalúo del predio. “El impacto fiscal de esta propuesta, en lo que tiene que ver con el aumento en la tarifa para estos inmuebles, sumará un recaudo adicional por $73.839 millones de para el período comprendido entre el 2024 y el 2033”, culminó el secretario distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
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04/10/2023