Secretaría de Gobierno de Bogotá Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Son dependencias de la Secretaría de Gobierno que se encargan de la acción administrativa del distrito en un territorio determinado. Sin embargo, en el marco de la política de descentralización, más que una dependencia y así no exista una norma jurídica que lo sustente, las alcaldía locales son el centro de contacto más cercano del ciudadano con la Administración Distrital, que se encuentra en una localidad, con el que se busca una mejor prestación de los servicios del Gobierno de la ciudad.
En una Alcaldía se manejan dos grandes áreas de trabajo; una relacionada con el tema de la gestión del desarrollo local asociada a la inversión en servicios como salud, educación, cultura, recreación y deportes. Otra, es la relacionada con los temas de convivencia y justicia en lo local.
Igualmente, de acuerdo con el Decreto 539 de 2006 las alcaldías locales tienen como funciones:
Es la máxima autoridad en la localidad, encargado de coordinar la acción distrital en el territorio, cumpliendo, para ello, con el Plan de Desarrollo del Alcalde Mayor. Además, es responsable de velar por la tranquilidad y la seguridad ciudadana en su territorio.
Las alcaldías locales son las autoridades encargadas de hacer cumplir las normas de licencias de construcción, uso del suelo, control de ruido, funcionamiento de establecimientos comerciales, tarifas de parqueadero. Adicionalmente, son las encargadas de la reparación de vías secundarías y terciarias de las localidades.
Existe una Oficina de Servicio al Ciudadano en cada alcaldía local y una en el sector central ubicada en la Cra. 8 N° 10 - 65, teléfonos: 2829463 - 3387000 exts. 4341 y 4342.
En estas oficinas se atienden los requerimientos de los habitantes de las localidades, recibiéndoles sus quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes de información. Estas oficinas orientan a los ciudadanos y tramitan sus peticiones con las áreas o entidades competentes. Entre los temas que se atienden están:
Llamando a las líneas 195 – 3239450 - 3813000 los ciudadanos pueden poner en conocimiento su queja, reclamo, sugerencia o solicitud de información.
Horario de atención al público: De lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 a 5:00 p.m.
Se encarga de dar trámite a todo lo relacionado con ley de establecimientos de comercio, personerías jurídicas, espacio público, emisión atmosférica de sonido, entre otras.
Horario de atención al público: de lunes a jueves, de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 a 4:30 p.m.
Ofrece información relacionada con los trámites que deben llevar a cabo los residentes de las localidades para la consecución de licencias de construcción, ampliación, modificación o demolición de obras.
Horario de atención al público: martes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 a 4:30 p.m.; jueves de 8:00 a.m. a 12:00 m.
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La Red de Observatorios de Gobierno (ROG) se fundamenta en la necesidad de darle a la Secretaría de Gobierno insumos reales en la toma de desiciones a través del uso de indicadores.
Conózca la RedComunicado de la Universidad Nacional de Colombia sobre el proceso meritocrático de selección de alcaldes locales http://t.co/AbDF4MLt