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Subsecretaría de Asuntos Locales

Las localidades cumplen un papel fundamental en el desarrollo de Bogotá. Por esta razón, la Subsecretaría de Asuntos Locales tiene la responsabilidad de fortalecer la autonomía local, en el marco de una unidad de ciudad, mediante el reconocimiento del liderazgo del alcalde local, de la Junta Administradora Local, de la ciudadanía y de las posibilidades de articulación de esfuerzos y acciones entre ellos.

Bogotá, vista panorámica
La Subsecretaría de Asuntos Locales tiene la responsabilidad de fortalecer la autonomía local

De acuerdo con el Capítulo 2 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, dentro de la misión del Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia está velar por la gobernabilidad distrital y local, de este modo un objetivo es orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas encaminadas al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el ámbito distrital y local mediante la coordinación del sistema de justicia policiva y administrativa de la ciudad, entre otras. De este modo entre las principales funciones encontramos la de liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas necesarios para el mejoramiento de la gestión pública local y la consolidación de los procesos de la gobernabilidad local.

El Decreto 539 de 2006, en el Capitulo 2 señala que la Subsecretaría de Asuntos Locales hace parte de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno. Esta dependencia tiene por objetivo formular, implementar, hacer seguimiento y evaluación de las políticas de descentralización, desconcentración y participación, con el fin de mejorar las condiciones de gobernabilidad y autonomía local.

La Subsecretaría de Asuntos Locales cumple las siguientes funciones:

  • Apoyar a las localidades en el diseño de los planes, programas y proyectos para la ejecución de las políticas de descentralización y desconcentración del Distrito Capital.
  • Asesorar y acompañar a las localidades para el incremento de capacidades de gestión y el aprovechamiento óptimo de sus recursos, dando cumplimiento a las normas vigentes.
  • Realizar la coordinación de las Unidades Ejecutivas de las Localidades (UEL) para la efectiva ejecución de los proyectos de inversión local.
  • Fortalecer la capacidad técnica, jurídica, administrativa, financiera e informática de las localidades.
  • Formular la política de participación y aquellas referidas a la gestión pública local.

Para el desarrollo y cumplimiento de estas funciones, la Subsecretaría cuenta con dos direcciones:

  • La Dirección de Apoyo a Localidades, que se ha enfocado a fortalecer a las alcaldías locales para mejorar el cumplimiento de sus funciones policivas, administrativas y financieras, y la coordinación entre el Distrito y las localidades.
  • La Dirección Ejecutiva de Localidades, que desarrolla la función de asesorar y acompañar técnicamente a las alcaldías locales en la formulación, viabilización y contratación de los proyectos de inversión, relacionados con los temas misionales del sector gobierno.

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